Educación Social

"Decir que los hombres son personas y como personas son libres y no hacer nada para lograr concretamente que esta afirmación sea objetiva, es una farsa" Paulo Freire

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Estudiante de Pedagogía.

domingo, 17 de junio de 2012

Introducción "Menores infractores"

Se considera menor a la persona que no ha alcanzado cierta edad señalada por la ley para su plena capacidad. El ser menor está considerado una etapa de la vida del ser humano en que mayormente rige la capacidad de goce y no, a plenitud, la capacidad de ejercicio, ya que aún están en proceso de maduración psicológica. Es por ésta razón que en éste trabajo quiero defender la importancia de que sus acciones son el resultado de las influencias del medio social o de sus progenitores, quienes la mayoría de las ocasiones los determinan a caer en actividades delictivas. Se considera menor infractor tanto al niño como al adolescente que infringe la ley penal. El adolescente infractor mayor de 14 años sera plausible de medidas socio educativas, y el niño infractor menor de 14 años será plausible de medidas de protección.

En el año 2010, según el INE, Instituto Nacional de Estadística, el número de menores condenados por sentencia firme inscritos en el Registro de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores aumentó un 3'8%. El 84'1% fueron varones y el 15'9% mujeres. Tres de cada cuatros menores condenados eran de nacionalidad española. Dos tercios de las infracciones penales cometidas por menores fueron delitos, siendo los de mayor incidencia los robos. La libertad vigilada y la prestación en beneficio de la comunidad fueron las medidas más frecuentes adoptadas por los jueces.
El objetivo que busco encontrar y transmitir con éste blog es el de poder comprender mejor las situaciones que llevan a éstos niños a cometer tales actos y al mismo tiempo conocer sus formas de comportarse, sentir y ser. Para así conocerlos un poco más y a la hora de encontrarnos con ellos saber actuar de una manera correcta y crear buenos planes de intervención.



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